Corte Suprema anula sanciones contra exgerente regional de Nueva EPS y ordena plan para tutelas incumplidas

Judicial & Legal

COLOMBIA, 23 de julio de 2026. La Corte Suprema de Justicia anuló las sanciones que pesaban sobre Salomé Henao, exgerente regional de la Nueva EPS, relacionadas con desacatos en el cumplimiento de tutelas, y ordenó a la entidad, la Superintendencia Nacional de Salud y el Ministerio de Salud elaborar un plan nacional en 60 días para atender las miles de tutelas incumplidas.

Henao estuvo a cargo de la gerencia regional Noroccidente de Nueva EPS entre junio y septiembre de 2025, periodo durante el cual acumuló 1.997 sanciones de desacato emitidas por 481 despachos judiciales. Estas medidas equivalían a 3.853 días de arresto y multas por un total de 9.131 millones de pesos.

El alto tribunal consideró que los desacatos no fueron una conducta individual atribuible a Henao, dado que no contaba con facultades para ordenar pagos ni contratar servicios para cumplir las tutelas. La Corte determinó que esta imposibilidad material y física de acatar las órdenes judiciales respondió a una falla estructural de la entidad, la cual enfrenta una crisis institucional y operativa.

La Sala de Casación Penal, en una decisión unánime, calificó como “constitucionalmente inaceptable” que se trasladaran las consecuencias de esta problemática a una funcionaria que permaneció únicamente tres meses en el cargo y sin competencia para ejecutar los requerimientos de los jueces.

En la sentencia de 38 páginas, el magistrado Diego Corredor, ponente del fallo, afirmó que las sanciones eran producto de una crisis acumulada en la institución y no de incumplimientos personales. Por ello, se eliminaron las multas, órdenes de arresto y procesos de cobro pendientes contra la exdirectiva.

Previo a esta decisión, Henao había presentado acciones legales reclamando la protección de sus derechos fundamentales, citando el riesgo inminente de sufrir privación de la libertad y embargo de bienes por las sanciones impuestas.

La Corte también ordenó notificar a múltiples tribunales y juzgados sobre la decisión, otorgando un plazo para que estos ejerzan su derecho de defensa y aporten evidencias respecto a cada sanción. Además, se informó que Henao había gestionado ante diversas entidades, incluida la Policía Nacional y la Superintendencia de Salud, para consolidar las sanciones en su contra.

Asimismo, la Corte impartió instrucciones a Nueva EPS, la Superintendencia Nacional de Salud y el Ministerio de Salud para diseñar y ejecutar un plan de acción institucional que permita superar paulatinamente el incumplimiento masivo de tutelas contra la entidad. Este plan deberá priorizar a pacientes con riesgo grave e inminente y a personas con protección constitucional especial.

El fallo aclaró que la crisis estructural de la Nueva EPS no exime al Estado de garantizar el derecho a la salud de sus afiliados, que suman más de 11 millones de personas. La entidad atraviesa actualmente una situación financiera y operativa compleja, que se refleja en las numerosas quejas de usuarios por demoras en citas médicas.

Por otro lado, en una decisión paralela, la Corte confirmó sanciones de tres días de arresto contra el agente interventor de Nueva EPS, Jorge Iván Ospina, y el gerente regional Centro Occidente, Luis Carlos Velandia, por desacato a una tutela que ordenaba la atención integral de un menor con hidrocefalia y toxoplasmosis congénita.

La Superintendencia Nacional de Salud ha identificado a Nueva EPS como la entidad con mayor número de reclamos por demoras en la asignación de citas médicas, y ha ordenado la aplicación de un plan de choque junto con otras aseguradoras para mejorar la atención.

La sentencia de la Corte Suprema destaca la magnitud y complejidad de la crisis institucional en Nueva EPS, que afecta directamente el acceso efectivo a servicios de salud para millones de afiliados en Colombia.

Redacción ColombiaPrensa

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