Consejo de Estado admite demanda contra resolución que reglamenta la eutanasia en Colombia

Judicial & Legal

COLOMBIA, 28 de julio de 2026. El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad contra la Resolución 813 de 2026, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, que reglamenta los procedimientos relacionados con la eutanasia y la adecuación de esfuerzos terapéuticos en Colombia.

Esta decisión abre un proceso judicial para evaluar la legalidad del acto administrativo y determinar si fue expedido dentro de las competencias establecidas para el Gobierno nacional. La admisión de la demanda fue adoptada por la Sección Primera del Consejo de Estado mediante un Auto Admisorio fechado el 21 de julio de 2026, bajo la responsabilidad del magistrado Carlos Fernando Mantilla Navarro.

El caso fue iniciado por el concejal de Bogotá Marco Acosta, quien cuestiona que la regulación de un derecho fundamental, como lo es el derecho a morir dignamente, haya sido realizada mediante una resolución administrativa, en lugar de una ley estatutaria aprobada por el Congreso de la República. Según los argumentos presentados en la demanda, esta modalidad de reglamentación requiere un trámite legislativo especial y un debate democrático, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política.

El proceso judicial permitirá que el Consejo de Estado evalúe si la Resolución 813 de 2026 respetó el marco constitucional y se ajustó a las competencias que le corresponden a cada rama del poder público. La admisión de la demanda no modifica por ahora el contenido de la resolución ni suspende sus efectos, sino que inicia un estudio de fondo sobre la legalidad del acto.

Durante el trámite, el Ministerio de Salud tendrá la oportunidad de ejercer su derecho de defensa, presentando los argumentos y documentos que considere pertinentes para sustentar la expedición de la resolución. Posteriormente, el alto tribunal analizará las posiciones de las partes antes de emitir una decisión definitiva sobre la reglamentación de la eutanasia y los procedimientos asociados al derecho a morir dignamente.

El concejal Acosta manifestó que acudió a la justicia porque, a su juicio, ninguna entidad del Ejecutivo puede modificar o sustituir al legislador en materias que afectan derechos fundamentales mediante una resolución administrativa. También expresó su expectativa de que el Consejo de Estado realice un análisis riguroso para garantizar el respeto por la Constitución, el Estado de Derecho y la protección de la vida.

La petición destaca que la reglamentación del derecho a morir dignamente, en las modalidades contempladas por la resolución, involucra temas que, por su naturaleza constitucional, deben abordarse mediante ley estatutaria. En consecuencia, el debate democrático y la aprobación legislativa resultan necesarios antes de que la norma pueda entrar en vigencia con plena legitimidad jurídica.

Este proceso representa un paso importante en el control judicial de actos administrativos que regulan derechos fundamentales, y pone en examen la división de poderes en Colombia, así como el respeto a los procedimientos legales estipulados por la Constitución.

El desarrollo de esta demanda turística será seguido de cerca por distintos sectores interesados en la regulación del derecho a morir dignamente, dado que el pronunciamiento del Consejo de Estado podría generar un precedente sobre las facultades normativas del Ejecutivo en este tipo de materias sensibles.

Fuente: Infobae Colombia

Redacción ColombiaPrensa

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