Decreto 0742 de 2026 establece cierre minero planificado como fase obligatoria para restauración ambiental

Gobierno

COLOMBIA, 29 de julio de 2026. El Gobierno colombiano dio un paso histórico para fortalecer la protección ambiental en zonas mineras con la expedición del Decreto 0742 de 2026. Esta regulación establece que el cierre minero debe ser una fase obligatoria del ciclo de vida de los proyectos mineros, debiendo planificarse de manera integral desde los primeros momentos del proyecto y ejecutarse durante toda su operación.

La medida responde a una necesidad de ordenar y garantizar la recuperación ambiental, social, laboral y financiera asociada al cierre de minas. De esta forma, el decreto busca evitar que, al concluir las operaciones extractivas, se deje a las comunidades pasivos ambientales, ecosistemas degradados o incertidumbre respecto al uso futuro de los territorios intervenidos.

Entre los elementos centrales del decreto se encuentra la obligación para los titulares mineros de planear el cierre desde el inicio, realizar acciones progresivas de recuperación mientras la mina está en operación y mantener controles y monitoreos una vez finalizada la explotación. La ministra (e) de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Irene Vélez Torres, enfatizó la importancia de esta planificación anticipada para asegurar responsabilidad ambiental, social y económica.

Modelo de cierre progresivo para gestión ambiental eficiente

El decreto introduce el concepto de cierre progresivo, que implica realizar la recuperación de áreas intervenidas de forma simultánea con las actividades mineras, en lugar de esperar a la finalización total del yacimiento. Esta estrategia busca reducir riesgos ambientales y facilitar la rehabilitación de los ecosistemas de manera efectiva y sostenible en el largo plazo.

Los Planes de Cierre que los titulares deberán elaborar incluirán acciones de restauración ecológica, rehabilitación del suelo, recuperación de cuerpos y zonas hídricas, estabilización físico-química, manejo definitivo de drenajes mineros y monitoreo permanente para asegurar la efectividad de las medidas implementadas.

Garantías financieras y articulación institucional

El decreto también fortalece la responsabilidad económica de los operadores mineros al exigir la constitución de garantías financieras que cubran los costos reales asociados al cierre y recuperación ambiental. El objetivo es evitar que los gastos recaigan sobre el Estado o las comunidades luego de terminadas las actividades extractivas.

Adicionalmente, se establece un mecanismo de articulación institucional entre las autoridades mineras, ambientales y laborales para el seguimiento y control de la implementación de los Planes de Cierre, garantizando una coordinación efectiva durante todo el proceso.

Participación comunitaria y transparencia

Como parte de la normativa, se incorpora una ruta clara para la participación y gobernanza ambiental de las comunidades en la formulación, ejecución y seguimiento de los Planes de Cierre. La transparencia también es un principio fundamental: la información relacionada con estos procesos deberá estar disponible públicamente, promoviendo la participación ciudadana y el control social.

Planes para usos sostenibles post minería

El Decreto 0742 de 2026 reconoce que el cierre de minas no implica el abandono del territorio. En cambio, se prioriza la planificación de usos posteriores que sean compatibles con las características ambientales y que contribuyan a la recuperación ecológica y al desarrollo sostenible local.

Entre las alternativas contempladas están la restauración ecológica, conservación de biodiversidad, bioeconomía, generación de energías renovables, economía circular, así como iniciativas sociales, culturales, educativas y turísticas, ajustadas a la planificación territorial vigente.

Próximos pasos para implementación

Como parte de la puesta en marcha del decreto, los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Minas y Energía deben expedir los términos de referencia para la formulación de los Planes de Cierre en un plazo máximo de seis meses. También se adoptarán los lineamientos técnicos que guiarán la aplicación de esta reglamentación en todo el territorio nacional.

Con este decreto, Colombia consolida un marco normativo que articula la protección ambiental, la responsabilidad social y financiera de los titulares mineros y la planificación territorial, garantizando la recuperación y el futuro sostenible de las áreas intervenidas por la minería.

Redacción ColombiaPrensa

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