COLOMBIA, 3 de agosto de 2026. El Ministerio del Trabajo emitió la Circular 0089 con el propósito de establecer los lineamientos técnicos para que las inspecciones laborales puedan llevarse a cabo en los hogares donde laboran empleadas domésticas remuneradas. Esta medida busca garantizar el cumplimiento de los derechos laborales de más de 700.000 trabajadores y trabajadoras domésticas en Colombia, sector caracterizado por su alta informalidad y precariedad, según datos del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana.
El documento orienta a los inspectores e inspectoras en las labores de vigilancia, inspección y control para asegurar que los empleadores respeten obligaciones como el pago completo del salario mínimo legal vigente, afiliación a la seguridad social, cumplimiento de la jornada laboral y prestaciones sociales. Cabe destacar que esta gestión de inspección tiene como base la Sentencia C-616 de 2013 de la Corte Constitucional, que declaró exequible el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, acogido por Colombia mediante la Ley 1595 de 2012, que extiende la inspección del trabajo a este sector.
La circular establece que la inspección domiciliaria debe respetar la intimidad y privacidad del hogar. En condiciones normales, el ingreso de los inspectores requiere consentimiento previo, informado y voluntario del empleador. Sin embargo, en situaciones donde exista peligro inminente para la vida, seguridad, dignidad o salud de la trabajadora, la ley faculta a los inspectores para ingresar sin dicho consentimiento, siempre que quede constancia detallada del motivo.
Entre los aspectos que serán verificados se incluyen la existencia de un contrato de trabajo escrito conforme a la Ley 2466 de 2025, que derogó los acuerdos verbales en este sector, el pago puntual de salarios y prestaciones sociales como prima de servicios, cesantías, intereses a las cesantías, vacaciones y auxilio de transporte cuando aplique, así como la remuneración correcta de horas extras y recargos laborales. Asimismo, se confirmará el afilamiento a los sistemas de salud, pensión, riesgos laborales y cajas de compensación familiar.
Además, la reducción de la jornada máxima semanal a 42 horas laborales, que entró en vigor el 15 de julio de 2026, será objeto de seguimiento para garantizar su cumplimiento. Según el Observatorio Laboral de la Javeriana, el 62% de las empleadas domésticas percibe un salario mínimo o menos, evidenciando una situación de vulnerabilidad económica en este grupo.
El incumplimiento de estas obligaciones conlleva sanciones económicas para los empleadores. En casos de violencia, acoso laboral o sexual, la circular establece la articulación de los inspectores con la Policía Nacional, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y la Fiscalía General de la Nación para activar las rutas de protección. Para efectos de inspección, los funcionarios del Ministerio podrán realizar entrevistas desde la puerta del domicilio y solicitar documentos como contratos de trabajo, recibos de pago, certificados de afiliación a seguridad social y planillas PILA correspondientes a los últimos tres meses.
Con cerca de 600.000 empleadores de trabajadores domésticos en Colombia, según cifras oficiales de 2023, esta normativa representa un avance importante hacia la formalización laboral de un sector históricamente informal y vulnerable. La Circular 0089 apunta a que el Estado realice un control efectivo para garantizar el respeto a los derechos laborales fundamentales de quienes prestan este servicio en entornos domiciliarios.
Fuente: Red+ Noticias (https://redmas.com.co/colombia/inspeccionan-su-casa-con-autorizacion-de-la-corte-constitucional-si-tiene-empleada-domestica-por-derechos-de-los-trabajadores-20260731-0046.html).
Redacción ColombiaPrensa
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