COLOMBIA, 11 de septiembre de 2026. El Gobierno nacional, bajo la dirección del presidente Abelardo de la Espriella, anunció modificaciones en los concursos de mérito que rigen los procesos de selección para empleos públicos, con un aplazamiento que podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta medida fue adoptada en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado debido a las afectaciones provocadas por el reciente terremoto.
De acuerdo con el Decreto 1384 de 2026, los concursos de mérito que se encuentren en curso o los nuevos procesos convocados podrán ser aplazados para proteger los derechos de los aspirantes, especialmente aquellos residentes o domiciliados en zonas afectadas por la emergencia. Sin embargo, el decreto no implica una paralización automática de todos los procesos; las entidades responsables deberán evaluar y justificar específicamente qué convocatorias deben suspenderse y cuáles pueden continuar.
Detalles del Decreto y criterios para aplazamiento
El artículo 7 del decreto señala que se aplazarán temporalmente los procesos para proveer empleos públicos y designaciones de particulares que cumplen función pública, incluyendo la conformación de ternas para nombrar directores o gerentes regionales y seccionales de establecimientos públicos nacionales. Esta decisión tiene como objetivo evitar que la emergencia afecte la igualdad de oportunidades y el acceso al empleo público sustentado en el mérito.
Para que un proceso pueda continuar, la entidad responsable debe emitir un acto administrativo motivado que sostenga que dicha etapa puede realizarse sin vulnerar la igualdad o afectar a los participantes en los territorios impactados. Esta evaluación busca mantener los principios de publicidad, igualdad y mérito, respetando los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas.
Rol de la Comisión Nacional del Servicio Civil
La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) tendrá competencia para suspender o aplazar etapas como la aplicación de pruebas en procesos en curso cuando existan riesgos para los aspirantes afectados. Cualquier cambio debe estar sustentado en actos administrativos debidamente motivados.
Se indicó que las actuaciones válidamente adelantadas durante los concursos conservarán su vigencia, por lo que los participantes no tendrán que repetir etapas ya superadas. En el caso de suspensión, los procesos se reanudarán a partir del 1 de enero de 2027 desde la etapa donde quedaron, hasta su culminación.
Excepciones y nuevas reglas para designaciones regionales
El decreto señala una excepción para procesos adelantados por entidades que determinen que sus etapas pueden continuar sin afectar la igualdad ni la participación. Esta decisión también se aplicará a las nuevas convocatorias durante el periodo definido por la emergencia.
En cuanto a la designación de directores o gerentes regionales y seccionales de entidades públicas del orden nacional, en departamentos con declaratoria de emergencia y en caso de vacancia absoluta, los directores nacionales deberán enviar una terna al gobernador para la designación. Si no es posible cumplir con este procedimiento, la vacante podrá ser cubierta mediante encargos temporales conforme lo establece el decreto.
Compromiso con la transparencia y derechos de los concursantes
El Gobierno destacó la obligación de las entidades de justificar y transparentar cualquier decisión relacionada con la suspensión, aplazamiento o continuación de procesos de selección. Estas medidas buscan proteger los principios que regulan el acceso al empleo público en Colombia, garantizando que las medidas de emergencia no afecten negativamente el mérito, la igualdad y la publicidad de los concursos.
Así, el anuncio oficial forma parte de las medidas adoptadas para adaptarse a la situación derivada del terremoto y proteger a los aspirantes afectados, asegurando la continuidad y equidad en los procesos de selección pública en Colombia.
Redacción ColombiaPrensa
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