COLOMBIA, 6 de octubre de 2026. La Fiscalía General de la Nación solicitó a la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia el cierre del proceso penal en contra de Andrés Peñate, exdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), en el marco de las investigaciones por las interceptaciones ilegales conocidas como las “chuzadas” del DAS. La petición se fundamenta en la prescripción de la acción penal dado el tiempo transcurrido desde los hechos investigados, y la Corte deberá decidir al respecto en los próximos días.
Andrés Peñate estuvo al frente del DAS entre el 26 de octubre de 2005 y el 29 de agosto de 2007, durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez. En este proceso fue acusado por los delitos de concierto para delinquir agravado, violación ilícita de comunicaciones agravada y abuso de autoridad, cargos relacionados con las seguimientos e interceptaciones no autorizadas que involucraron a magistrados, dirigentes políticos, periodistas y exfuncionarios públicos.
La Fiscalía formalizó la acusación en julio de 2025 y sostuvo en dicho expediente que Peñate habría hecho parte de una estructura interna encargada de recopilar información reservada sobre diferentes actores políticos y sociales. Parte de esa información, según el ente acusador, habría sido remitida hasta la Presidencia de la República.
Sin embargo, con la solicitud actual, el proceso ha cambiado de rumbo. La Fiscalía argumenta que, debido a que los hechos investigados ocurrieron hace cerca de dos décadas, los términos procesales para ejercer la acción penal ya han vencido, lo que imposibilita continuar con el juicio.
Por su parte, Peñate ha manifestado que durante su dirección intentó desarticular las estructuras irregulares que operaban dentro del DAS y afirmó haber sido objeto él mismo de seguimientos y amenazas por parte del denominado grupo G-3, que se habría dedicado a labores ilegales de inteligencia al interior de la entidad.
Contexto del caso y consecuencias judiciales
El escándalo de las chuzadas del DAS llevó al conocimiento público la realización de seguimientos y interceptaciones sin orden judicial contra representantes de la oposición política, periodistas, magistrados de la Corte Suprema y de la Corte Constitucional, defensores de derechos humanos y otras personas críticas del gobierno de la época. Estos hechos desencadenaron procesos penales, disciplinarios y administrativos contra varios exfuncionarios del DAS.
En 2026, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó la responsabilidad del Estado colombiano por las interceptaciones y seguimientos ilegales practicados contra miembros del Polo Democrático Alternativo, concluyendo que se trató de una operación institucional ilegal por parte de servidores del DAS y ordenando medidas de reparación.
La decisión que ahora enfrenta la Corte Suprema no tiene como objeto determinar la culpabilidad o inocencia de Andrés Peñate respecto a los cargos imputados. Más bien, deberá resolver si la acción penal correspondiente quedó extinguida por el paso del tiempo, lo que llevaría a la terminación del proceso sin juicio de fondo.
La solicitud de la Fiscalía marca un punto decisivo en este largo proceso judicial que ha mantenido en la atención pública las implicaciones del manejo irregular de información oficial y las garantías procesales en casos de violaciones a la privacidad y la legalidad institucional.
Fuente: Proclama del Pacífico (proclamadelpacifico.com).
Redacción ColombiaPrensa
Contenido editorial elaborado con apoyo de inteligencia artificial y revisión de fuentes públicas. Si encuentra alguna inconsistencia o desea solicitar una corrección, puede contactar al equipo editorial de ColombiaPrensa.