Procuraduría respalda legalidad de decretos de emergencia tras terremoto en Colombia

Gobierno

COLOMBIA, 6 de octubre de 2026. La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional declarar la exequibilidad de los decretos que establecieron la emergencia económica, social y ecológica en el país, tras el terremoto ocurrido el 10 de agosto de 2026. La entidad, liderada por el procurador general Gregorio Eljach Pacheco, argumentó que la magnitud de los daños hizo imprescindible el uso de medidas excepcionales por parte del Gobierno nacional.

La solicitud se enfoca en el Decreto 1261, que inicialmente declaró la emergencia, y el Decreto 1348, el cual ajustó territorialmente la declaratoria. La Procuraduría advirtió que la capacidad habitual del Estado para responder era insuficiente, dado que el costo de los daños físicos directos fue estimado en alrededor de 30 billones de pesos, mientras que los recursos asignados para atención de desastres eran sólo 47 mil millones de pesos. Esta discrepancia sirvió para fundamentar el “presupuesto de suficiencia”, señalando que los instrumentos ordinarios no bastaban para la situación.

Además, el Ministerio Público verificó el cumplimiento del “presupuesto fáctico” exigido por la Constitución, esto es, que el evento natural fue extraordinario e imprevisible. El sismo, con magnitud 7,4 y epicentro en San José del Palmar, Chocó, fue seguido por más de 390 réplicas. El balance incluyó más de 331 fallecidos, 4.449 heridos, 152 personas desaparecidas, cerca de 400 mil afectados y aproximadamente 220 mil viviendas destruidas o seriamente dañadas.

Estos datos también sustentaron el “presupuesto valorativo”, que evalúa si la gravedad de la situación amerita una respuesta distinta a la ordinaria. La Procuraduría concluyó que las consecuencias humanas y materiales justificaban la adopción de medidas extraordinarias para atender la emergencia. Además, se pronunció sobre los ajustes territoriales del Decreto 1348, que incluyó las regiones de Caquetá y Santander debido a nuevos informes de daños, mientras excluyó a Putumayo por no atribuirse sus afectaciones al terremoto.

Finalmente, la Procuraduría enfatizó que las facultades extraordinarias solicitadas deben ser utilizadas exclusivamente para la atención de la emergencia y no deben aplicarse de manera generalizada. Este respaldo a la constitucionalidad de los decretos fue comunicado formalmente ante la Corte Constitucional, entidad encargada de decidir si las medidas se ajustan a los preceptos constitucionales.

La decisión de la Corte será clave para la continuidad de las políticas públicas dirigidas a la recuperación y atención de la población afectada, garantizando el uso adecuado de recursos y facultades administrativas excepcionales en la gestión del desastre.

Redacción ColombiaPrensa

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