Consejo de Estado ratifica condena a la Policía por daños a ciudadano en Popayán por $1.553 millones

Judicial & Legal

COLOMBIA, 23 de julio de 2026. La Sección Tercera del Consejo de Estado confirmó en segunda instancia la condena contra la Nación y la Policía Nacional por una suma cercana a $1.553 millones de pesos, como reparación por los daños físicos y neurológicos severos y permanentes provocados a un ciudadano en Popayán, Cauca. La decisión judicial establece la responsabilidad extracontractual del Estado debido a un disparo imprudente que impactó a la víctima en la cabeza, causado por un patrullero durante su turno de servicio.

El incidente ocurrió el 24 de junio de 2013, cuando el ciudadano caminaba frente a una estación policial y fue afectado por un proyectil disparado desde el arma oficial del patrullero Wilmar Betancur Calderón. Tras ser herido, el afectado fue trasladado a un centro asistencial de alta complejidad en Popayán, donde se sometió a múltiples intervenciones quirúrgicas. Posteriormente, quedó con una incapacidad laboral del 81,15 % y fue diagnosticado con el síndrome de Gerstmann, un trastorno neurológico que afecta la escritura, habilidades matemáticas, y la percepción espacial entre otras funciones cognitivas.

Responsabilidad administrativa y proceso judicial

El caso inició en el Tribunal Administrativo del Cauca, que en agosto de 2018 declaró responsable a la Policía Nacional por la negligencia del uniformado, quien actuó en contra de los protocolos para el manejo de armas de fuego establecidos para la Fuerza Pública. En respuesta, la Policía apeló la sentencia argumentando que el acto fue personal y no ocurrió “con ocasión del servicio”, rechazando la responsabilidad institucional.

No obstante, el Consejo de Estado desestimó la apelación al no presentar la institución pruebas que permitan revertir el fallo inicial. El alto tribunal ratificó que el disparo, al provenir de un arma oficial y en instalaciones estatales, configura un riesgo excepcional que el Estado debe reparar, reafirmando así la falla del servicio.

Detalles de la indemnización

La condena incluye un reconocimiento económico por daños materiales, morales y a la vida de relación, distribuidos entre la víctima y su núcleo familiar. Para los daños a la salud del afectado se asignaron 300 salarios mínimos mensuales legales vigentes, equivalentes a más de $525 millones. Por perjuicios morales, se fijó un pago de 100 salarios mínimos para el ciudadano y sus familiares directos, sumando aproximadamente $175 millones, y 50 salarios mínimos para otros familiares cercanos.

Asimismo, la afectación al derecho a la familia fue compensada con 60 salarios mínimos compartidos entre la víctima y su pareja, y 30 salarios mínimos para cada uno de sus cuatro hijos. En conjunto, estos valores suman la cifra total estipulada por el Consejo de Estado en la sentencia definitiva.

Precedente sobre el manejo de armas oficiales

Esta decisión judicial establece un precedente sobre la responsabilidad del Estado frente a situaciones causadas por negligencia en la custodia y uso de armamento oficial por parte de sus funcionarios. Además, pone de manifiesto la obligación institucional de garantizar la seguridad y bienestar de los ciudadanos y sus familiares frente a actos imprudentes de agentes en servicio.

Asimismo, el fallo subraya la importancia de la rigurosidad en la capacitación y supervisión del personal armado y reafirma la necesidad de responder integralmente por las consecuencias derivadas del uso indebido de la fuerza en el ejercicio de funciones públicas.

Redacción ColombiaPrensa

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