COLOMBIA, 26 de agosto de 2026. La Corte Constitucional de Colombia aprobó la mayor parte de la reforma pensional contemplada en la Ley 2381 de 2024, mientras que dispuso un aplazamiento en la entrada en vigor del nuevo sistema pensional hasta el 1 de abril de 2027. Esta decisión otorga al Gobierno nacional un plazo adicional para preparar reglamentaciones y ajustes operativos esenciales para la implementación del esquema estructurado en cuatro pilares.
Según información de El Diario y reportada por Pulzo, el fallo de la Corte se resolvió con siete votos a favor y una posición en contra, reconociendo sin embargo fallas de trámite en diez artículos de la ley, que fueron señalados para corrección mediante un nuevo trámite en la Cámara de Representantes. Estos aspectos incluyen temas relacionados con beneficios para mujeres con hijos, reglas de inversión de ahorros individuales, comisiones privadas y exención de impuestos sobre las pensiones, además de disposiciones diferenciadas para comunidades étnicas y campesinas y normas sobre fondos administrados por el Banco de la República.
La reforma mantiene vigente varios puntos clave como el régimen de transición, que protege a trabajadores con un largo historial de cotización antes de la entrada en vigor—específicamente mujeres con al menos 750 semanas y hombres con 900 o más—permitiéndoles conservar las condiciones pensionales previas. Asimismo, el límite máximo de cotización para Colpensiones permanece en un umbral de 2,3 salarios mínimos, mientras que los aportes superiores a ese monto se canalizarán hacia entidades privadas.
El nuevo sistema está organizado en cuatro pilares: el Solidario, orientado a adultos mayores en condición de pobreza; el Semicontributivo, para quienes no alcanzan las semanas necesarias de cotización; el Contributivo, para trabajadores que cotizan activamente; y el Componente Complementario de Ahorro Individual, dirigido a quienes tienen ingresos superiores al umbral establecido.
Por otro lado, no se modifican la edad mínima de pensión, que queda en 57 años para mujeres y 62 para hombres, ni la tasa general de cotización, que se conserva en 16% del ingreso base. El periodo para que los cotizantes pudieran trasladarse entre los sistemas abrió una ventana especial, la cual cerró el 16 de julio del presente año.
Con esta decisión, la Corte Constitucional ratifica buena parte de la reforma, pero también abre espacio para que el Congreso realice ajustes mediante los procesos legislativos correspondientes, además de prever una fase de conciliación entre Senado y Cámara de Representantes para resolver eventuales diferencias.
El aplazamiento hasta abril de 2027 busca facilitar la transición administrativamente y garantizar que el nuevo esquema funcione bajo las mejores condiciones posibles, evitando el riesgo que representaba la fecha inicial prevista para julio de 2025. Durante este tiempo, el sistema pensional actual continuará vigente y operando bajo las reglas existentes.
En síntesis, la reforma pensional aprobada mantiene su vigencia y estructura pero enfrenta un itinerario legislativo pendiente y operativo que se deberá concretar en el transcurso de los próximos meses, con miras a una implementación ordenada y sostenible.
Redacción ColombiaPrensa
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