COLOMBIA, 26 de agosto de 2026. La Corte Constitucional de Colombia ratificó la mayoría de los pilares fundamentales de la reforma pensional promovida por el Gobierno nacional, manteniendo en vigor la Ley 2381 de 2024. Sin embargo, el alto tribunal ordenó al Congreso de la República corregir varios artículos señalados por problemas en el trámite legislativo, lo que implica que algunos apartados deberán regresarse a la Cámara de Representantes para subsanar dichas inconsistencias antes de que la reforma pueda entrar en vigencia.
De acuerdo con lo establecido por la Corte, las disposiciones declaradas constitucionales comenzarán a regir a partir del 1 de abril de 2027, mientras que hasta esa fecha continuará vigente el esquema vigente bajo la Ley 100 de 1993. Esta medida busca dar espacio para la adecuada transición e implementación del nuevo sistema pensional, que experimentará cambios estructurales en la forma en que se organizan los aportes y los componentes que lo integran.
Aspectos centrales de la reforma pensional
El nuevo modelo introduce un sistema basado en cuatro pilares: el pilar solidario, destinado a adultos mayores en condición de pobreza o vulnerabilidad que no lograron pensionarse; el semicontributivo, para quienes realizaron aportes pero no alcanzaron los requisitos para una pensión; el contributivo, para quienes cumplen tales condiciones; y un componente complementario de ahorro individual.
Una de las modificaciones más relevantes es que los trabajadores deberán realizar sus cotizaciones obligatorias a Colpensiones—el régimen público—hasta un tope equivalente a 2,3 salarios mínimos legales vigentes, que para 2026 significa alrededor de $4.027.081. Los ingresos que superen este límite pasarán a constituir parte del ahorro individual complementario, administrado por entidades privadas autorizadas para participar en el sistema.
Trámites pendientes y plazos para el Congreso
La Corte Constitucional devolvió al Congreso diversos artículos, incluyendo los números 11, 14, 19, 23, 36, 63, 84, 92 y 93, y también ordenó la tramitación de una proposición para incorporar un nuevo artículo en la ley. El Congreso deberá realizar estas correcciones en un plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la sentencia.
Estos ajustes son necesarios para subsanar errores de procedimiento identificados durante la revisión constitucional y para asegurar que las disposiciones cuenten con un marco normativo claro y completo antes de su aplicación. Posterior a la corrección y discusión legislativa, la Corte llevará a cabo una nueva revisión para aprobar definitivamente los artículos modificados.
Implicaciones para el sistema pensional colombiano
Con este fallo, la Corte Constitucional despeja el camino para que la reforma pensional se implemente plenamente en Colombia, estableciendo un sistema que combina aportes obligatorios con ahorro individual complementario, y que busca fortalecer el sistema público pensional a la vez que incorpora mecanismos para ampliar la cobertura y protección social de la población más vulnerable.
Sin embargo, la puesta en marcha de este sistema dependerá del cumplimiento de los requisitos legislativos pendientes y de la creación de normas reglamentarias que definan detalladamente la operación y transición del nuevo esquema.
Para más detalles, puede consultarse la publicación original en Cronista Colombia.
Redacción ColombiaPrensa
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