Rodrigo Lara defiende propuesta del Ministerio del Interior sobre protocolo de protestas

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COLOMBIA, 1 de octubre de 2026. El ministro del Interior, Rodrigo Lara, salió a defender la propuesta de modificación al Decreto 003 de 2021, que establece el procedimiento para la actuación de las autoridades durante manifestaciones sociales. En sus redes sociales, Lara explicó que la propuesta busca balancear los derechos de quienes protestan con los derechos de quienes no participan en las movilizaciones, y aclaró que “el diálogo no se cierra: sigue con quien marcha y, a la vez, se actúa contra quien agrede”.

El borrador del decreto, que está abierto a comentarios ciudadanos a través de la Dirección Jurídica del Ministerio del Interior, plantea un cambio fundamental en el lugar del diálogo cuando se presentan situaciones violentas durante las protestas. A diferencia del Decreto 003 original, que obligaba a agotar todas las instancias de diálogo antes de cualquier intervención, el nuevo artículo 2A permitiría la acción inmediata de la Policía frente a hechos como la presencia de armas, explosivos, retención de personas o agresiones a terceros. Sin embargo, los gestores de convivencia continuarían en el diálogo con el resto de manifestantes.

De acuerdo con Lara, esta actualización no pretende restringir el derecho a la protesta social, sino “no darle ni un espacio más para quien destruye”. La propuesta, señaló, ha cumplido con todos los procesos de consulta estipulados por la norma y tiene como objetivo actualizar el marco estatal para fortalecer la prevención, el diálogo, la coordinación entre instituciones y la protección de derechos, además de establecer reglas claras para la intervención cuando se afecte el orden público o terceros.

Modificaciones en el protocolo de protestas

El borrador elimina la obligación de agotar el diálogo en casos de violencia inicial y establece ocho causales específicas que permitirían dar por agotado este proceso, entre ellas impedir el paso de ambulancias, afectar servicios de emergencia, generar desabastecimiento de alimentos o combustibles, destruir infraestructura, y agredir a periodistas, médicos o servidores públicos. Además, se incluye un esquema de cinco niveles escalonados de actuación, desde la facilitación preventiva hasta la intervención de la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO).

Respecto a los bloqueos, que según la Defensoría del Pueblo fueron el principal mecanismo de protesta en 2025, el decreto reconoce que el cierre de vías no implica automáticamente la disolución de una manifestación pacífica. Esta solo podrá suceder ante perturbaciones graves e inminentes y cuando no existan medios menos lesivos, conforme al estándar establecido por la Corte Constitucional en la Sentencia C-281 de 2017. El Puesto de Mando Unificado (PMU) tendrá la responsabilidad de evaluar y documentar diversos factores como la duración del bloqueo, la existencia de rutas alternas y el impacto económico en comercios locales, además de atender consideraciones normativas recientes de la Corte y el Consejo de Estado.

Deberes para autoridades regionales

La propuesta también asigna responsabilidades concretas a alcaldías y gobernaciones para garantizar el flujo de servicios críticos durante las protestas. Esto incluye la habilitación de corredores solidarios para ambulancias, bomberos, personas en condición de vulnerabilidad y la gestión de un inventario de bienes de protección prioritaria. Además, estas autoridades deberán publicar un balance detallado de heridos, daños y denuncias en las 72 horas posteriores a las jornadas con afectaciones.

La propuesta ha generado debate y está en proceso de consulta pública, con el propósito de integrar aportes que permitan consolidar una regulación equilibrada que respete el derecho a la protesta social y asegure la protección del orden público y los derechos de terceros.

Fuente: Cambio Colombia, 1 de octubre de 2026.

Redacción ColombiaPrensa

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