Corte Constitucional avala estructura central de la reforma pensional con ajustes requeridos para su trámite legislativo

Política

COLOMBIA, 26 de agosto de 2026. La Corte Constitucional aprobó los ejes centrales de la reforma pensional impulsada por el gobierno de Gustavo Petro, aunque ordenó la revisión y corrección de varios artículos debido a irregularidades en el trámite legislativo. Esta decisión significa que la estructura principal del nuevo sistema pensional queda vigente, pero ciertos apartados deben regresar a la Cámara de Representantes para ser debatidos nuevamente.

Según informó la fuente NTN24, la reforma empezará a regir integralmente a partir del 1 de abril de 2027. Entre los cambios confirmados está el traslado obligatorio de parte de las cotizaciones a Colpensiones, con un límite salarial hasta 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Esta medida fortalece el sistema público al establecerlo como eje principal de la protección en la vejez, diferenciándose del régimen anterior que permitía a los trabajadores la libre elección entre fondos privados y Colpensiones.

Otro elemento clave de la reforma es la creación de un fondo especial de administración por parte del Banco de la República. Este fondo será responsable de gestionar los recursos de los aportes pensionales con criterios de seguridad, transparencia y sostenibilidad financiera. El propósito es garantizar que los dineros de los afiliados se utilicen exclusivamente para fines pensionales, asegurando reservas para obligaciones futuras.

Además, el nuevo sistema estará organizado en tres pilares: solidario, semicontributivo y contributivo. El pilar solidario apoyará a los adultos mayores en condición de pobreza o vulnerabilidad que no alcanzaron a cotizar lo suficiente para obtener una pensión. El pilar semicontributivo está orientado a proteger a quienes hicieron aportes pero no cumplieron con todos los requisitos para pensionarse, mientras que el contributivo mantendrá la trayectoria para quienes realizaron cotizaciones completas durante su vida laboral.

Artículos pendientes de revisión en el Congreso

La Corte Constitucional determinó que varios artículos deben regresar a la Cámara de Representantes para corregir fallos en la forma en que se tramitaron legislativamente. Estos artículos no fueron eliminados, pero requieren nueva discusión para subsanar los problemas detectados:

– Artículo 11, inciso cuarto, relacionado con las reglas del sistema contributivo.
– Artículo 14, que establece condiciones para las prestaciones y beneficios.
– Artículo 19, que contiene disposiciones sobre el funcionamiento del sistema contributivo.
– Parágrafo transitorio del Artículo 23, que regula la transición entre el sistema actual y el nuevo modelo.
– Artículo 36, referente al régimen de transición y a las personas que conservarán condiciones anteriores.
– Artículo 63, relacionado con aspectos operativos y reglas de aplicación del nuevo sistema.
– Numeral quinto del Artículo 84, que define responsabilidades y procedimientos para operar el sistema.
– Artículo 92, que regula la puesta en marcha del nuevo sistema y la aplicación de sus reglas.
– Artículo 93, que incluye disposiciones específicas para grupos poblacionales dentro del sistema pensional.
– Una proposición que buscaba incorporar un nuevo artículo a la reforma y que no tuvo el debate legislativo adecuado.

Contexto y perspectivas

La reforma pensional fue promovida por el gobierno de Gustavo Petro y enfrentó más de dos años de desafíos jurídicos y demandas por supuestos vicios en el procedimiento legislativo. La decisión de la Corte Constitucional ratifica los elementos esenciales del nuevo sistema, pero ordena ajustes para garantizar la legalidad y legitimidad en su aprobación.

Se espera que la Cámara de Representantes realice las correcciones solicitadas durante las próximas semanas, lo cual permitirá avanzar en la implementación del nuevo esquema pensional previsto para entrar en vigencia en abril de 2027. La reforma apunta a fortalecer el sistema público, implementar un mayor control sobre los fondos de pensión y ampliar la protección social para adultos mayores en situación vulnerable.

Esta información fue reportada por NTN24 y constituye un importante avance en la política pública relacionada con la seguridad social en Colombia.

Redacción ColombiaPrensa

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