Decisión que mantiene condena de 28 años contra Santiago Uribe será revisada por la Corte Constitucional

Judicial & Legal

COLOMBIA, 13 de octubre de 2026. La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia negó la acción de tutela presentada por la defensa de Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe, manteniendo vigente la condena de 28 años de prisión impuesta al ganadero. La decisión, identificada con la providencia STC19112-2026 y emitida el 30 de septiembre de 2026, será remitida a la Corte Constitucional para su posible revisión.

El abogado Luis Felipe Henao, apoderado judicial de Uribe Vélez, explicó que la tutela no pretendía abrir una tercera instancia ni reabrir el debate probatorio del caso. Por el contrario, el recurso buscaba defender garantías constitucionales relacionadas con la doble conformidad, el debido proceso y el acceso efectivo a la administración de justicia, aspectos que, según la defensa, deberían ser examinados a nivel constitucional.

La defensa argumentó que rechazar de plano un recurso de casación sin permitir a la defensa presentar la demanda correspondiente podría afectar derechos fundamentales, por lo que la acción de tutela fue entendida como un mecanismo legítimo para cuestionar tales posibles afectaciones dentro del ordenamiento jurídico colombiano.

A pesar de que la tutela fue negada inicialmente, el abogado Henao aclaró que este pronunciamiento no agota el debate constitucional planteado, ya que el expediente será enviado a la Corte Constitucional. Esta última entidad deberá decidir si selecciona el caso para una evaluación más profunda sobre las garantías alegadas por la defensa, aunque esto no implica que necesariamente revisará el fondo del asunto.

Por ahora, mientras se espera la decisión de la Corte Constitucional sobre la eventual selección del expediente, la condena de 28 años contra Santiago Uribe Vélez permanece en firme. La defensa mantiene que sus actuaciones dentro del proceso están amparadas plenamente por el orden constitucional y corresponden al ejercicio legítimo de los derechos y mecanismos de protección que ofrece el Estado Social de Derecho.

Este caso continúa siendo un referente importante en la discusión sobre garantías procesales y derechos fundamentales en el ámbito judicial colombiano, especialmente en procesos de alto perfil y relevancia pública, con implicaciones institucionales y sociales.

Redacción ColombiaPrensa

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