COLOMBIA, 15 de septiembre de 2026. La Corte Constitucional modificó sus reglas para permitir que, incluso durante el periodo de vacancia judicial, pueda ejercer el control automático de constitucionalidad sobre decretos legislativos emitidos en estados de excepción.
Esta decisión fue adoptada por una Sala de Conjueces al estudiar una demanda contra el decreto que regula la vacancia judicial, presentada luego de que el gobierno del entonces presidente Gustavo Petro declarara un Estado de Emergencia Económica en diciembre de 2025, justo cuando la Corte se encontraba en vacaciones y no pudo ejercer vigilancia directa sobre esos decretos.
Anteriormente, la jurisprudencia de la Corte establecía que la vacancia judicial no suspendía sus funciones, pero en la práctica no se podía realizar el control automático durante este tiempo. Con la nueva disposición, la Corte precisó que el período comprendido entre el 20 de diciembre y el 10 de enero no impide el ejercicio de control constitucional sobre los decretos legislativos expedidos en estados de emergencia.
La resolución que modifica las reglas fue tomada por los conjueces Antonio Felipe Barreto Rozo, Hugo Fernando Bastidas Bárcenas, Diana Durán Smela, Álvaro Andrés Motta Navas, Luis Hernando Parra Nieto, Mauricio Alfredo Plazas Vega, Jaime Orlando Santofimio Gamboa y Jaime Humberto Tobar Ordóñez. Este cambio busca garantizar un mayor control y vigilancia de las medidas extraordinarias adoptadas por el Ejecutivo nacional, aun cuando la Corte se encuentre en periodo de receso.
El anuncio genera un precedente importante para la institucionalidad y el balance de poderes en Colombia, asegurando que la revisión de los decretos de emergencia no se vea interrumpida durante la vacancia judicial, fortaleciendo así el control constitucional en situaciones excepcionales.
El cambio normativo surge en un contexto donde los estados de emergencia han sido utilizados para responder a situaciones económicas y sociales apremiantes, y responde a debates sobre el alcance y límites del control del poder judicial frente a decisiones ejecutivas.
La Corte Constitucional, como guardiana de la Constitución, reafirma con esta decisión su compromiso con la garantía del estado de derecho y la protección de los derechos fundamentales, incluso en circunstancias extraordinarias que requieren la expedición rápida de decretos legislativos.
Fuente: Cambio Colombia
Redacción ColombiaPrensa
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